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¿ES LÍCITO EL MATRIMONIO ENTRE PRIMOS?

Tío: El hermano del padre o de la madre.
Primo: El hijo del tío o de la tía.

A la iglesia vienen personas procedentes de distintas culturas, nacionalidades y razas, por lo tanto en la iglesia convivimos personas formadas con conceptos y costumbres diferentes, de modo que algunas cosas que para unos son completamente normales, para otros resultan ser raras o indebidas.
Cuando algunas de estas diferencias de conceptos o costumbres no tienen estrecha relación con la vida espiritual del creyente, lo que se necesita para mantener la armonía entre hermanos es una fuerte dosis de tolerancia, hermoso fruto del Espíritu Santo, pero cuando las diferencias de criterio entre creyentes tienen mucho que ver con nuestro discernimiento entre el bien y el mal, entre lo lícito y lo prohibido, entre lo que agrada a Dios y lo que le desagrada, se necesita algo más que la tolerancia; entonces es necesario contar con un árbitro cuya determinación pueda ser aceptada por todas las partes. Y tratándose de asuntos que tienen que ver con la conducta del cristiano ¿cuál es el árbitro más indicado? Sin dudas, las Sagradas Escrituras.
Sabemos que un matrimonio entre primos (cousin en idioma inglés) es aceptable en algunas culturas, mientras que para otras eso es considerado incesto, pero ¿qué dicen al respecto las Sagradas Escrituras? No vamos a remontarnos al principio del mundo, cuando por fuerza los hijos de Adán tuvieron que casarse entre hermanos. Tampoco quiero basarme en el hecho de que después de diluvio los nietos de Noé, por fuerza, tuvieron que casarse entre primos. Sabemos que después, entre los patriarcas, hubo quienes se casaron con medias hermanas, y otros se casaron con dos hermanas a la vez, cosas éstas que más tarde quedaron prohibidas cuando varios sistemas de leyes fueron dados al pueblo escogido a través de Moisés. Vayamos, pues, a la legislación mosaica para ver qué nos dice al respecto.
En Lev.18:6-19, hay una lista de lo que algunos llaman “uniones prohibidas“ o “uniones incestuosas”, y aunque en esa porción de las Sagradas Escrituras lo que realmente se prohibe es que un hombre vea o mire el cuerpo desnudo de sus parientes cercanos, se sobreentiende que también le queda prohibido casarse o tener relaciones sexuales con alguna de las personas incluidas en esa lista. Leyendo el pasaje citado veremos que los parientes cercanos cuya desnudez se prohibe descubrir son: padre, madre, madrastra, hermana, nieta, medio hermana, tía, tío paterno, tía política, nuera, cuñada, hija política y nieta política. Como podremos notar, en esa lista no se incluye a primos; pero en la Biblia hay algo más al respecto.
En el capítulo 36 de Números podemos leer acerca del caso de un tal Salphaad, quien murió sin tener hijos varones. Con el propósito de conservar la heredad de ese hombre, después de que Moisés consultó a Jehová, a las cinco hijas de Salphaad se les permitió tomar la heredad paterna con la condición de no casarse con hombres de otras tribus. En los versículos 10-12 se dice que, en obediencia a lo que Jehová mandó al respecto, cada una de esas cinco mujeres se casaron con hijos de sus tíos, o lo que es igual, se casaron con sus primos, cosa que Dios no hubiera ordenado si el matrimonio entre primos fuera contrario a su voluntad.
Sabemos que Josué y Caleb, junto a otros diez espías, fueron enviados por Moisés a reconocer la tierra de Canaán, y que los otros diez regresaron con un testimonio tan pesimista que provocó desaliento en el pueblo, mientras que el testimonio de Josué y el de Caleb fueron de plena confianza en el poder de Dios para derrotar a los cananeos, y esa confianza les valió para sobrevivir y poder entrar a la tierra prometida, en tanto que los otros espías perecieron en el desierto. Pues bien, 40 años más tarde ese mismo Caleb entregó en matrimonio a su hija Axa a Othoniel, hijo de Cenez su hermano, lo cual quiere decir que Axa y Othoniel eran primos en primer grado (Jos.15:16 y 17), y eso confirma una vez más que el matrimonio entre primos no está prohibido en la Palabra de Dios.
En nuestra iglesia tenemos algunos casos de matrimonios entre primos; por ejemplo: Petrona Aguerrevere, la madre de Roberto Mondéjar, era hermana de Serafina Aguerrevere, la mamá de Sofía Rodríguez, por lo tanto Roberto y Sofía eran primos en primer grado, y eso no fue impedimento para que el apóstol Daddy John casara a Roberto con Sofía. Años después, durante la administración de la Junta de Obispos (compuesta por Florentino Almeida y Samuel Mendiondo), Andrés y Sara Mondéjar contrajeron matrimonio, siendo que los padres de ambos eran hermanos. Otro caso digno de notarse es que, muchos años antes de conocer a nuestra Iglesia, Bartolomé Almeida y Luisa Morales se casaron siendo primos, y de esa unión fue que nació quien es hoy el apóstol Florentino Almeida.
Resumiendo esto puedo decir que, aunque no es muy usual, ni recomendable, el matrimonio entre primos es algo que no está prohibido por las Sagradas Escrituras, y por consiguiente, tampoco lo prohiben las reglas disciplinarias de nuestra iglesia, Soldados de la Cruz de Cristo.

Ob. B. Luis - Agosto 29 de 2004